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A LA CÁRCEL POR GOLPEAR A SU EX

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ViolenciadeGenero

La Pampa: Seis meses de cárcel por golpear a su expareja.
 El juez de control de Santa Rosa, NICOLÁS CASAGRANDE LORENCES, condenó a PABLO DARÍO MACHUCA a "seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, como autor penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio, lesiones leves calificadas por la relación de pareja y amenazas simples, todo en concurso real y en la marco de un contexto de violencia de género en los términos de la ley 26.485".
En el legajo quedó demostrado que el 30 de marzo pasado, a la madrugada, Machuca ingresó a la vivienda donde estaba su expareja con su abuelo y una inquilina. “Lo hizo con un cuchillo y previo a patear la puerta de entrada”, dice el fallo.
Una vez en el interior, el imputado comenzó a agredir a la mujer: “Dándole golpes de puño y ocasionándole la pérdida momentánea del conocimiento. Posterior la trasladó hasta la habitación, tirándose encima para ahorcándola; mientras el abuelo de la víctima, de 90 años, trató de defenderla golpeando a Machuca con un palo –añade la sentencia–. Luego la ex pareja logró recuperarse, y en el intento de defenderse empezó a forcejear con el acusado, provocándole un corte en el antebrazo. Mientras tanto, él siguió dándole golpes de puño tanto en el rostro como en la cabeza expresándole ‘te voy a matar h… de p…’. Todo ello hasta que fue detenido por personal policial que se llegó al lugar”.
El conflicto penal se resolvió por la alternativa de un juicio abreviado, convenido entre el fiscal Marcos Sacco, el defensor oficial Pablo De Biasi y el propio imputado, un hachero de 36 años que aceptó su culpabilidad. La víctima, cuando fue informada de ello por el Ministerio Público Fiscal, dio su consentimiento, aunque posteriormente no concurrió a una audiencia dispuesta por el tribunal para oírla a ella.
Casagrande Lorences, en la parte resolutiva del fallo, ordenó que se le pregunte a la damnificada si desea ser informada acerca de los eventuales planteos defensivos en los que pueda decidirse la incorporación de Machuca a los regímenes de salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida o preparatorio para su liberación.
Más allá del reconocimiento realizado por el imputado, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que los hechos se encuentran debidamente acreditados toda vez que la denuncia de la víctima fue precisa y consistente en los datos aportados, y las lesiones fueron inmediatamente constatadas por Sanidad Policial”, expresó el magistrado.
En los juicios abreviados el juez no puede imponer una sanción mayor a la requerida por la fiscalía.
Fte Diario Textual
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