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REGULARIZAR Y SUAVIZAR

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Buenos Aires - Tandil: El dictamen apunta a regularizar la situación de monotributistas.
En un plenario de comisiones, la Cámara de Diputados firmó por unanimidad en un plenario de comisiones el dictamen a favor del proyecto del régimen de inclusión fiscal para pequeños contribuyentes.
Pretende regularizar la situación de monotributistas y “suavizar” el pase al régimen general de autónomos.
La iniciativa ya había sido debatida previamente en reuniones informativas del plenario conjunto de Presupuesto y Hacienda, y Legislación del Trabajo, por lo que ayer los legisladores se limitaron a dar a conocer el sentido de su voto a viva voz.
De esta manera, la iniciativa ya está en condiciones de ser votada en el recinto y probablemente dicha sesión ocurra en el corto plazo dado que reúne un consenso unánime de todas las fuerzas políticas.
Para permanecer en el sistema simplificado, los pequeños contribuyentes deberán demostrar que sus ingresos no se excedieron en más del 25 por ciento el límite superior de la categoría que les corresponde del monotributo.
Además, para poder permanecer en el régimen de monotributo, los contribuyentes deberán “abonar la suma que resulte de detraer del impuesto integrado, los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los aportes al Régimen Nacional de Obras Sociales”, indica el proyecto.
Otro de los requisitos es “ingresar en concepto de impuesto integrado un monto adicional que se determinará en función de multiplicar el coeficiente de 0,1 sobre la diferencia entre los ingresos brutos devengados y el límite superior de ingresos brutos de la máxima categoría que corresponda”.
En cuanto al “puente” que busca establecerse entre el régimen de monotributo y el de autónomos, el proyecto prevé beneficios para los pequeños contribuyentes cumplidores que, no obstante encontrarse suspendidos en el régimen de monotributo, se incorporen voluntariamente al Régimen General.
El beneficio solamente aplicará a los contribuyentes cuyos ingresos no hayan superado en más de un 25 por ciento el tope estipulado para la categoría en que están inscriptos.
Entre los beneficios se incluye un crédito fiscal de 17,35 por ciento que se descontara del Impuesto al Valor Agregado “por las compras de bienes, locaciones o prestaciones de servicios gravadas”.
También se otorgará “un importe equivalente a una doceava parte de la suma que resulte de aplicar el cincuenta por ciento de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado que le hubiera correspondido al o a la contribuyente sobre el límite superior de ingresos brutos correspondiente a la categoría máxima”.
Fte e Img: El Eco
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