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AMERICAN BULLYS

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El Encuentro de “American Bullys” evidenció que existe una Ley que no se cumple

Córdoba - Alta Gracia: El American Bully es una raza de perro de los 90, nacida de la mezcla entre el American Terrier y el Pitbull y, si bien no está categorizado de manera oficial como una especie “potencialmente peligroso”, sus rasgos coinciden con los considerados de esa manera: de mandíbula fuerte y cuerpo robusto, entre otros.
Resulta que la Ley Argentina 4078/12 que comprende y legisla precisamente la vida de las personas con estas mascotas, no especifica cuales son los animales considerados “Potencialmente peligrosos”, pero tampoco deja a la libre interpretación de sus dueños, explicitando cuales son sus cualidades y entre otras cosas, fija condiciones para su tenencia.
El caso es que el pasado sábado se realizó un Encuentro de American Bullys en el Parque del Sierras Hotel. Unas 60 familias se dieron cita con sus mascotas y eso generó intranquilidad a más de uno en el lugar. Sobre todo, a aquellos que se encontraban con niños pequeños.
Cabe mencionar que la mayoría estuvo con correa, uno de los puntos que impone la Ley a la hora de sacar a estos perros de casa. Pero, ninguno llevaba bozal y eso, es otra condición indispensable.
El encuentro dejó al descubierto la falta de aplicación de ciertas leyes y no fue sólo este caso. La semana pasada, vecinos de Barrio Lalahenes hicieron pública su preocupación en el Concejo Deliberante, por la presencia de un perro de Raza Pitbull por las calles del barrio. Animal que corre a grandes y chicos que pasan por el lugar.
En Barrio Don Bosco, hace algunos años, ocurrió una situación similar y una niña de tres años fue salvajemente atacada. Esa vez, la fiscalía reconoció que eran los propietarios del animal quienes debían hacerse cargo de los gastos médicos de la niña quién, por fortuna, había sufrido lesiones que no fueron de gran magnitud. Pero, otra vez, no se juzgaba por la irresponsabilidad de no tener los cuidados que se requieren con este tipo de perros.
Lo que la Ley establece
  • Se debe inscribir al perro en el registro antes de que éste cumpla los 3 meses de vida
  • Se debe identificar al perro a través de una chapa metálica colocada en su collar, en ella se debe indicar el nombre del propietario y el número de inscripción en el registro
  • Para sacar al perro a la vía pública éste se deberá llevar atado a una correa no extensible con un máximo de 2 metros de longitud, además, es obligatorio el uso de bozal
  • El hogar deberá estar vallado adecuadamente para proteger a las personas que circulen por la vía pública y pasen cerca de la propiedad privada donde habita el perro
  • Si se da cualquier incidente en el que el perro haya generado daños o perjuicios a su propietario o a un tercero deberá comunicarse de inmediato al registro
  • La cesión, robo o pérdida del perro debe comunicarse al registro, si se establece un nuevo propietario, debe realizarse una nueva inscripción
  • Queda completamente prohibido el abandono de los perros afectados por esta legislación
  • El no cumplimiento de alguna de estas reglas prevé multas. Y, lo que quedó claro es que el sábado una de ellas no se cumplió. La pregunta es… ¿Se cumplen los otros puntos?
Fte e Img: Resumen de la Region
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